Contabilidad

Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar

Publicado en el Registro Oficial el 20 de junio de 2023 y entra en vigencia a partir de esta fecha en todo el territorio nacional. Objeto: Tiene por objeto fortalecer la economía familiar y de los negocios populares bajos los principios de progresividad de la carga tributaria, considerando tanto sus niveles de ingresos como de gastos, y de sostenibilidad de las finanzas publicas. Los cambios de esta reforma se centralizan en: Gastos Personales Impuesto a la renta Deberes formales de los contribuyentes. Impuesto a la renta único a operadores de pronósticos deportivos ¿Qué leyes reforma? Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) CódigoTributario Reglamento al LRTI Rebaja por gastos personales a. Personas naturales sin cargas familiares: El monto de la rebaja será equivalente al 18% del menor valor que resulte entre los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal; y, el valor de la canasta familiar básica (US$764,71) multiplicado por 7. b. Personas naturales con cargas familiares: El monto de la rebaja será equivalente al 18% del menor valor entre: los gastos personales declarados y, el valor de la canasta familiar básica por la cantidad de canastas según las cargas familiares Cálculo – TABLA DE CBU X Nro Cargas familiares Número de cargas familiares Número decanastas familiares básicas (CBU) Total MontoMáximo CBU por Cargas Total maximoCT 18% por gastos personales 0 7 5,352.97 963.53 1 9 6,882.39 1,238.83 2 11 8,411.81 1,514.13 3 14 10,705.94 1,927.07 4 17 13,000.07 2,320.01 5 o más 20 15,294.20 2,752.96  ¿Qué gastos se consideran como gastos personales?     ¿Quién es una carga familiar?   Si dos o más contribuyentes tienen las mismas cargas familiares, podrán distribuirlas de forma discrecional, pero en ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a la misma carga familiar para la rebaja por GP Los gastos de alimentación, salud, educación y vestimenta correspondiente a las mascotas a cargo del sujeto pasivo deberán ser incluidos en el respectivo rubro de gasto que conste en el formulario. Rebaja por enfermedades catastróficas Personas naturales que tengan a cargo personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas: será equivalente al 18% del menor valor entre: los gastos personales declarados en el respectivo ejercicio fiscal; y, el valor de la canasta familiar básica multiplicado por veinte (20). Reformas al régimen RIMPE   Reformas al cálculo de impuesto a la renta   Nueva Tabla para el Cálculo Régimen Rimpe Nueva Tabla para el Cálculo Régimen General  Impuesto a la renta único a operadores de pronósticos deportivos Las operadoras de las plataformas residentes en el país deberán pagar el 15% sobre su base imponible. La declaración y pago será mensual. La base imponible de las operadoras residentes en Ecuador se calculará considerando los Ingresos totales (Incluyendo comisiones), menos los premios pagados. Si se realiza una apuesta en una operadora no residente en Ecuador, el usuario deberá asumir un 15% de impuesto sobre el valor de su apuesta al momento de realizarla. Las Instituciones del Sistema Financiero locales, empresas de cobro, de Courier o de remesas al exterior cargarán el 15% del impuesto sobre el valor remitido al exterior cuando los operadores no sean residentes en el país Los operadores de pronósticos deportivos residentes en el país deberán retener el impuesto sobre el valor de los premios. Estos cambios aplicarían desde el año 2024.              

¿Cómo realizar una planificación tributaria efectiva?

La planificación tributaria es un conjunto de estrategias que puede ser implementado por personas naturales y jurídicas para minimizar de manera legal y ética su carga impositiva a través de la organización de sus operaciones financieras y operativas. Esto implica un análisis profundo de la normativa tributaria vigente, con el fin de aprovechar beneficios tributarios para optimizar el pago de impuestos o poder prever el pago de los mismos. La planificación tributaria tiene varias ventajas y beneficios para los contribuyentes. Entre los aspectos más relevantes se encuentran los siguientes: IMPORTANCIA DE LA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA Tips a tomar en cuenta: Para realizar una planificación tributaria efectiva, se deben considerar una serie de aspectos clave:

¿Qué es el autoconsumo y cual es su tratamiento contable y fiscal?

Alex, es el propietario de una comercializadora de vehículos y repuestos automotrices, ha recibido una nueva importación de camionetas y tomó la decisión de utilizar una de estas para el transporte de repuestos entre sus sucursales, sin conocer el tratamiento fiscal y contable que debe realizar. Por otro lado, tenemos a Julio propietario de una agencia de publicidad, ha decidido poner en marcha su planificación estratégica y colocar vallas publicitarias con su logo en varios sectores de la ciudad; para lo cual, utilizó materiales de su inventario que estaban destinados para la venta, sin ningún tipo de consideración fiscal. A continuación, veremos cual es el tratamiento correcto de estas transacciones. ¿Qué es el autoconsumo? La Ley de Régimen Tributario Interno conceptualiza el autoconsumo como: ¿Esta transacción grava IVA? El Reglamento de aplicación de la LRTI menciona en su Art. 166 que los sujetos pasivos del IVA que hubieren realizado autoconsumos, tienen la obligación de emitir facturas o notas de venta, según corresponda, por las operaciones efectuadas, aun cuando estén gravadas con tarifa 0% de IVA o no sean objeto del impuesto. Se deberá consignar en el comprobante de venta, la base imponible (PVP) y el valor del IVA de los autoconsumos. Es decir, si los artículos de inventario que fueron objeto de autoconsumo gravan IVA 12%, la factura de venta que la empresa emita por tal transacción, deberá considerar la misma tarifa impositiva; de igual forma si gravan IVA 0%. ¿Qué pasa con el impuesto a los consumos especiales? La ley es muy clara en este punto y establece que todos los artículos objeto de autoconsumo gravados con el ICE también causan el impuesto, sobre la base imponible. ¿Si la empresa es agente de retención, debe emitir un comprobante de retención a la factura de autoconsumo? Las facturas de autoconsumo no son objeto de retención de IVA ni Impuesto a la Renta, por lo tanto, no es necesario emitir ningún comprobante. ¿Cómo declaro mi factura de autoconsumo? La factura de autoconsumo genera IVA, razón por la cual, se debe declarar como una venta normal dentro del formulario 104 mensual o semestral de la empresa. Pero no como una compra. Los sujetos obligados a presentar el ATS, deberán presentar la información referente al autoconsumo dentro del módulo de ventas del anexo. Sin embargo, es importante considerar que no constituye un ingreso real para la empresa, por lo tanto, no se debe declarar como tal en el formulario de impuesto a la renta anual. ¿Cuál es la forma correcta de contabilizar el autoconsumo? Primero la empresa deberá registrar la factura de venta emitida por autoconsumo de la siguiente forma: Cuenta Contable Debe Haber Cuentas por cobrar  $ 11,200.00   Ventas    $ 10,000.00 IVA en Ventas    $    1,200.00 El costo de ventas se debe reconocer como en una venta habitual. Cuenta Contable Debe Haber Costo de Ventas  $    8,000.00   Inventario    $    8,000.00 Finalmente se debe realizar el asiento de ajuste y reconocer el costo del inventario más el IVA generado en la factura de Autoconsumo como un activo, costo o gasto; dependiendo del uso que la empresa le de al bien o servicio. Cuenta Contable Debe Haber Activo – Costo – Gasto  $    9,200.00   Ventas  $ 10,000.00   Costo de Ventas    $    8,000.00 Cuentas por cobrar    $ 11,200.00 @taxlight.corp Link de nuestro blog con toda la informacion en primer comentario 📌😊 #Autoconsumo #emprendedor #negocios #TaxLight #Empoderatuempresa ♬ sonido original – taxlight.corp    

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